LA MENSTRUACIÓN
La menstruación es una hemorragia vaginal periódica producida por la desintegración del interior de la pared uterina.
Esta hemorragia no tiene un origen patológico, ni es causada por una lesión, caída o parto, sino que es una hemorragia natural, que puede variar según el estado de la mujer, su entorno y el clima; por eso las mujeres son diferentes en sus ciclos.
Preceptos religiosos de la menstruación
La Oración
Le es prohibido a la mujer rezar cuando está menstruando, tanto las oraciones obligatorias como las voluntarias. Cuando alcanza, antes o después de la menstruación, el tiempo de una rak`ah completa, ya sea en el comienzo del tiempo de la oración o en el final, esa oración se torna obligatoria y debe recuperarla.
Por ejemplo: Si una mujer comienza a menstruar habiendo pasado de la puesta del sol el tiempo suficiente como para hacer una rak`ah , deberá recuperar la oración del magrib después de la finalización de la menstruación, o si deja de menstruar faltando para la salida del sol el tiempo suficiente como para hacer una rak`ah , deberá, después de hacer la ablución mayor, recuperar la oración del fayr . Esto por el hecho de haber alcanzado en el lapso en el que todavía la oración es válida el tiempo suficiente como para hacer una rak`ah completa. Por lo contrario, de no ser suficiente para una rak`ah completa, como si en el primer ejemplo la mujer menstrúa un instante después de la puesta del sol o en el segundo deja de menstruar un instante antes de la salida del sol, entonces esa oración no es obligatoria para ella, por lo que no deberá recuperarla. El Mensajero de Allah dijo: "Quien alcanza a rezar una rak`ah de la oración [antes de que acabe el tiempo en el que todavía la oración es válida] alcanza la oración." Y de este hadîz , registrado por Al Bujâri y Muslim , se entiende que quién alcanza a rezar menos de una rak`ah no alcanza la oración.
Es permitido que la mujer durante la menstruación recuerde a Allah interiormente y mencione Su nombre diciendo:
" Allahu akbar " (¡Allah es el más grande!)
"Sub hânallah " (¡Glorificado sea Allah!)
" Al hamdulillah " (¡Alabado sea Allah!)
"Bismillah " (¡En el nombre de Allah!)
Como así también leer los a hâdîz del Profeta o sobre jurisprudencia islámica, hacer una invocación ( du`â´ ) y luego decir: ¡Amin!, y escuchar la recitación del Sagrado Corán. Al Bujâri y Muslim registraron que el Profeta solía reclinarse en la habitación de `´ishah y leer el Sagrado Corán cuando ella estaba menstruando. También registraron que Umm `Atiiah narró que el Mensajero de Allah dijo: "Todas las mujeres pueden asistir a las dos festividades de `Îd Al Fitr e `Îd Al Adha para compartir y participar de las invocaciones de los musulmanes, pero las que estén menstruando [no podrán rezar, y] deberán mantenerse apartadas del oratorio."
Respecto a la lectura del Sagrado Corán, es permitido que la mujer durante los días que esté menstruando lea, siguiendo con la vista y sin pronunciar, la palabra de Allah y medite acerca de su significado, como por ejemplo: que otra persona abra el Libro Sagrado y lo coloque en un sitio donde ella pueda observar los versículos y leerlos silenciosamente, sin necesidad de tocarlo.
La mayoría de los sabios opinan que está prohibido que la mujer lea el Sagrado Corán en voz alta durante la menstruación, pero, sabiendo que existe una minoría que lo permite, lo que corresponde es decir: Es conveniente que la mujer durante la menstruación no lea el Sagrado Corán en voz alta, pero en caso de necesidad, como por ejemplo: que sea alumna y deba responder una pregunta, o maestra y le corresponda enseñar a sus alumnos o examinar la lectura de los mismos, u otros casos similares, le está permitido hacerlo. Además, se recomienda que la mujer que está menstruando no toque el Libro Sagrado directamente con sus manos, sino que utilice un pañuelo o vista guantes.
El ayuno
Le es prohibido a la mujer ayunar cuando está menstruando, tanto los ayunos obligatorios como los voluntarios, pero debe recuperar los días de ayuno obligatorio que no pudo realizar. `´ish ah dijo: "Cuando nos sucedía eso -se refiere a la menstruación- se nos ordenaba recuperar el ayuno y no se nos ordenaba recuperar la oración." Registrado por Al Bujâri y Muslim .
Y si una mujer está ayunando y comienza a menstruar, su ayuno es invalidado, aún cuando sea un instante antes de la puesta del sol, y debe recuperar ese día también, si se trata de un ayuno obligatorio.
En cambio, si siente la sensación de la menstruación dentro de su organismo antes de la puesta del sol, pero la hemorragia comienza a evidenciarse inmediatamente después de la puesta del sol, su ayuno es válido. Esto es debido a que cuando se le preguntó al Profeta si la mujer que tiene un sueño erótico debe realizar la ablución mayor, respondió: "Si encontró restos de secreción vaginal, sí", haciendo depender este precepto de la existencia de secreción, no de la sensación de su flujo dentro del organismo. Lo mismo ocurre con la menstruación.
Si sale el sol y la mujer continúa menstruando, el ayuno de ese día queda invalidado, aún cuando dejase de menstruar un instante después de la salida del mismo. Y si por el contrario, deja de menstruar un instante antes de la salida del sol y ayuna ese día, su ayuno es válido, aún cuando se bañase después de la salida del sol. Lo mismo ocurre con quien se encuentra en estado de impureza mayor y pone la intención de ayunar, bañándose después de la salida del sol. Su ayuno también es válido, debido a que `´ishah dijo: "En Ramadân , el Mensajero de Allah solía amanecer en estado de impureza mayor a causa de haber tenido relaciones sexuales, no un sueño erótico, y ayunaba." Registrado por Al Bujâri y Muslim .
Las siete vueltas alrededor de la Ka`bah
Le es prohibido a la mujer cuando está menstruando realizar las vueltas alrededor de la Ka`bah , tanto las obligatorias como las voluntarias, debido a que el Profeta le dijo a `´i sh ah cuando comenzó a menstruar durante la peregrinación: "Haz todo lo que debe hacer un peregrino, excepto las siete vueltas alrededor de la Ka`bah ; a éstas realízalas luego de que te hayas purificado."
El resto de los ritos que se realizan durante la peregrinación y la `Umrah , como caminar entre las dos colinas de As Safa y Al Maruah , parar en `Arafât , pernoctar en Muzdalifah y Mina , arrojar las piedras y otros, no le están prohibidos. Basándonos en esto, si, por ejemplo, una mujer realiza las siete vueltas alrededor de la Ka`bah e inmediatamente después de finalizar o durante el circuito entre A s Safa y Al Maruah comienza a menstruar, su rito es válido.
La no-obligatoriedad de las siete vueltas alrededor de la Ka`bah que se realizan antes de despedirse de La Meca
Si después de haber completado los ritos de la peregrinación o la `Umrah la mujer comenzara a menstruar, y permaneciera en ese estado hasta el momento de la partida, entonces emprenderá el regreso a su país sin realizar las siete vueltas de despedida. Ibn `Abbâs dijo: "Se les ordenó a las personas que su último compromiso con la Casa de Allah sea realizar siete vueltas a su alrededor, a excepción de las mujeres que se encuentren menstruando al momento de la partida." Registrado por Al Bujâri y Muslim .
No es aconsejable que la mujer que se encuentra menstruando al momento de la partida se dirija hacia la puerta de la mezquita de La Meca para realizar una invocación, pues ello no se menciona en la sunnah del Profeta , y los actos de adoración están sujetos a las prescripciones de Allah y Su Mensajero únicamente. Por el contrario, cuando Safiiah comenzó a menstruar después de haber realizado las siete vueltas alrededor de la Ka`bah que constituyen un rito indispensable para la validez de la peregrinación, el Profeta le dijo que emprendiera la partida y no le ordenó dirigirse hacia la puerta de la mezquita, y de haber sido aconsejable le hubiera recomendado hacerlo.
En cambio, las siete vueltas que son un rito indispensable para la validez de la peregrinación y la `Umrah no dejan de ser obligatorias para la mujer aunque este menstruando, por lo que debe realizarlas después de que su menstruación termine y se purifique
La permanencia en la mezquita
Le es prohibido a la mujer cuando está menstruando permanecer en la mezquita o en el oratorio en el cual se reza la oración en las dos festividades. Umm `Atiiah narró que el Mensajero de Allah dijo: "Todas las mujeres pueden asistir a las dos festividades de `Îd Al Fitr e `Îd Al Adha para compartir y participar de las invocaciones de los musulmanes, pero las que estén menstruando [no podrán rezar, y] deberán mantenerse apartadas del oratorio." Registrado por Al Bujâri y Muslim .
La relación sexual
Le es prohibido al hombre mantener relaciones sexuales con su mujer cuando está menstruando, como así también le es prohibido a la mujer que se encuentra en ese estado facilitarle o insinuarle a su esposo la posibilidad de hacerlo. Allah dice: Y te preguntan acerca de la menstruación. Di: Es una impureza; absteneos, pues, de mantener relaciones maritales con vuestras mujeres durante el menstruo, y no mantengáis relaciones con ellas hasta que dejen de menstruar... (2:222) Además, cuando le preguntaron al Profeta acerca de mantener relaciones sexuales durante la menstruación, dijo: "Gozad como queráis pero absteneos del coito." Registrado por Muslim . Y por último, existe una resolución unánime de los sabios que prohíbe mantener relaciones sexuales cuando la mujer está menstruando.
Por consiguiente, quien cree sinceramente en Allah y en el Día del Juicio Final no puede cometer este pecado, pues el Corán, la sunnah del Profeta y el consenso unánime de los sabios determinan su prohibición. Y quien, a pesar de esto, tiene la osadía de violar esta prohibición se contará entre lo que se enfrentan a Allah y Su Mensajero y siguen un camino diferente al de los creyentes.
Allah , por Su misericordia, permitió al hombre hacer todo lo que calme su deseo a excepción del coito, como por ejemplo besar, abrazar y acariciar el cuerpo de su mujer, salvo el órgano sexual. Según la sunnah , lo mas apropiado es no acariciar la zona comprendida entre el ombligo y las rodillas sin algo que impida el contacto directo de la piel. `´ishah dijo: "El Profeta solía pedirme, cuando estaba menstruando, que me cubriera de la cintura hacia abajo, y entonces me acariciaba." Registrado por Al Bujâri y Muslim .
El divorcio
Le es prohibido al hombre divorciar a su mujer durante la menstruación. Allah dice: ¡Oh, Profeta! Cuando divorciéis a las mujeres, hacedlo fuera del ciclo menstrual... (65:1) Esto significa que el hombre sólo puede divorciar a su mujer cuando ésta se encuentra en condición de empezar un período de espera determinado que le permita contraer matrimonio nuevamente, y esto sucede únicamente cuando la divorcia estando embarazada o cuando no está menstruando y no han mantenido relaciones sexuales desde que finalizó su última menstruación, pues si la divorcia durante la menstruación no puede empezar su período de espera debido a que la menstruación en la que fue divorciada no puede ser contada dentro del tiempo especifico de espera obligatorio, y si la divorcia cuando no está menstruando pero después de haber tenido relaciones sexuales, su período de espera se torna indeterminado debido a que no sabe si ha quedado embarazada y debe esperar hasta el parto, o no y entonces los ciclos menstruales se convierten en su período de espera. Por ello, al no poder saber exactamente cuál será su período de espera, fue prohibido el divorcio durante la menstruación.
Al Bujâri y Muslim registraron que cuando Ibn `Umar divorció a su mujer durante su menstruación, `Umar le informó al Profeta , quien al oír lo sucedido se molestó y dijo: "Ordénale que regrese con su mujer nuevamente y que permanezca con ella hasta que haya dejado de menstruar, luego que espere hasta que menstrúe nuevamente, y finalmente, después de que su menstruación haya finalizado, que se reconcilie, si quiere, o que la divorcie antes de tocarla. Así es como Allah ordena que sea el divorcio."
El hombre que divorcia a su mujer cuando está menstruando comete un pecado, y por ello debe arrepentirse y regresar con su mujer para que permanezca bajo su protección hasta que el divorcio se concrete como Allah y Su Profeta prescribieron. Para ello, deberá permanecer con su mujer hasta que haya dejado de menstruar, luego esperará hasta que menstrúe nuevamente, y después de que su menstruación termine, decidirá si desea reconciliarse con ella o divorciarla.
Se exceptúan de la prohibición del divorcio durante la menstruación los siguientes dos casos:
o El primero: Cuando el divorcio ocurre antes de haber consumado el matrimonio. En ese caso, no importa que la divorcie cuando está menstruando, pues la mujer no debe esperar ningún período de tiempo para contraer matrimonio nuevamente, y por consiguiente no contradice la prescripción de Allah .
o El segundo: Cuando el divorcio ocurre de común acuerdo y por iniciativa de la mujer, quien decide devolverle parte de la dote al hombre para que la divorcie. En ese caso, no importa que la divorcie cuando está menstruando. Ibn `Abbâs narró que la mujer de Zâbit Ibn Qais se presentó ante el Profeta y le dijo: ¡Mensajero de Allah! Por cierto que no le reprocho su carácter ni su religión, pero detesto la incredulidad. Al oír esto, el Profeta le preguntó: "¿Estás dispuesta a devolverle el huerto que él te dio como dote?" Y ella respondió: ¡Sí! Entonces el Profeta le dijo a Zâbit Ibn Qais : "Acepta de ella el huerto que le diste y divórciala." Registrado por Al Bujâri. Y debido a que el divorcio fue pedido por la propia mujer, el Profeta no preguntó si estaba menstruando o no, pues la prohibición del divorcio durante la menstruación es con el único fin de no perjudicar a la mujer, obligándola a esperar un período de tiempo más prolongado para poder contraer matrimonio nuevamente. Cuando el divorcio es solicitado por la mujer, quien está dispuesta a devolverle al hombre parte de la dote, no importa si está menstruando o no al momento del divorcio, pues el daño que sufre debido a la mala convivencia y a la relación insostenible con su marido es mayor que el ocasionado por un período de espera prolongado; y siempre que se enfrenten dos males, se debe optar por el menor.
Por otra parte, sí está permitido contraer matrimonio durante la menstruación, pues no existe prohibición alguna al respecto. Si el hombre siente que podrá esperar que la mujer deje de menstruar para recién consumar el matrimonio, entonces no hay inconveniente que cohabite con ella inmediatamente después del matrimonio. De lo contrario, lo mejor es que espere hasta que su menstruación finalice para cohabitar con ella, como medida de precaución para no incurrir en lo prohibido.
La determinación del período de espera luego del divorcio
Si el hombre divorcia a su mujer después de haber consumado el matrimonio, la mujer debe esperar un período de tres ciclos menstruales completos para contraer matrimonio nuevamente, si es de las que menstrúan y no está embarazada. Allah I dice: "Aquellas a las que sus maridos les hayan expresado la voluntad de divorcio deberán esperar tres menstruos [para volverse a casar]..." (2:228)
Si estuviera embarazada, entonces deberá esperar hasta el parto, falte poco o mucho. Allah dice: "... el de las embarazadas culminará cuando den a luz..." (65:4)
Si fuese de las mujeres que no menstrúan, como las que no lo hacen porque llegaron a la menopausia o debido a una operación de extracción de útero o cualquier otra causa, y por la que ya no volverán a menstruar, la espera será de tres meses. Allah dice: "El período de espera para aquéllas de vuestras mujeres que hayan llegado a la menopausia, si tenéis dudas de ello, es de tres meses, y el mismo período es para las que aún no menstrúan..." (65:4)
Y si fuese de las que menstrúan pero dejó de menstruar por una causa determinada, como enfermedad o amamantamiento, deberá permanecer en el período de espera, aunque se prolongue, hasta que comience a menstruar nuevamente. Si esa causa desapareciera, como que se recuperara de la enfermedad o dejara de amamantar, y no volviera a menstruar, entonces deberá esperar un año completo a partir de la desaparición de la causa, porque es como quien dejó de menstruar sin ninguna causa determinada y en tal caso el período de espera es de un año completo, nueve meses por la posibilidad de un embarazo y tres meses por el período de espera.
En cambio, si el divorcio ocurre después del contrato de matrimonio pero antes de haberla tocado o haberse quedado a solas con ella, no existe período de espera alguno. Allah dice: "¡Oh, creyentes! Si os casáis con las creyentes, y luego os divorciáis de ellas antes de haberlas tocado, no deberán ellas aguardar ningún plazo para volver a casarse..." (33:49)
La obligatoriedad de la ablución mayor
Es obligatorio que la mujer al final de su menstruación realice la ablución mayor, purificando todo su cuerpo. El Mensajero de Allah le dijo a Fâtimah Bint Abû Hubaish : "Cuando comiences a menstruar deja la oración, y después que ésta finalice báñate y reza nuevamente." Registrado por Al Bujâri .
Si bien lo obligatorio en la ablución mayor es hacer fluir agua pura por todo el cuerpo incluido los cabellos, es preferible que ésta sea como lo describió el Profeta cuando Asmâ´ Bint Shakl le preguntó acerca de la purificación después de la finalización de la menstruación: "Tomad agua y jabón, y purificaos lo mejor posible; luego echad agua sobre vuestra cabeza y frotad con los dedos vuestros cabellos para que ésta llegue a las raíces. Finalmente verted agua sobre todo vuestro cuerpo, y coged un pedazo de tela impregnada con perfume para purificaos con ella." Y cuando Asmâ´ inquirió: ¿Cómo hacemos para purificarnos con ella?, el Profeta exclamó azorado: "¡Glorificado sea Allah!" Entonces `´ishah le dijo a ella: Perfumando el lugar de la hemorragia. Registrado por Muslim .
No es necesario soltarse el cabello, a menos que esté sujeto de modo tal que se tema que el agua no llegue a las raíces. Umm Salamah le preguntó al Profeta : Soy una mujer de cabellos muy rizados, y por ello los trenzo, ¿acaso debo soltarlos para hacer la ablución mayor? Y el Profeta le respondió: "¡No! Basta que viertas tres veces el agua que quepa en las palmas de tus manos sobre tu cabeza y luego te bañes, haciendo llegar el agua a todo tu cuerpo, para que te purifiques."
Cuando la mujer deja de menstruar, debe apresurarse a hacer la ablución mayor para poder alcanzar a rezar la oración correspondiente dentro de su horario. Si se encuentra de viaje y no halla agua, o está enferma y teme que su utilización la perjudique, entonces debe hacer la purificación que se realiza con tierra en reemplazo de la ablución mayor, hasta que pueda purificarse con agua.
Las mujeres que cuando dejan de menstruar retrasan la ablución mayor hasta que comienza el horario de la oración siguiente con la excusa de no tuvieron tiempo suficiente para purificarse correctamente no tienen justificación, pues puede purificarse cumpliendo con lo mínimo necesario para ello y alcanzar a rezar la oración en su horario. Además, si desean, pueden luego higienizarse mejor.
La Metrorragia
La metrorragia es una hemorragia acíclica que no tiene relación con la menstruación, ubicada en cualquier momento del ciclo y que puede ser permanente o puede durar uno o dos días.
Preceptos religiosos de la metrorragia
La mujer que sufre de metrorragia puede realizar todo lo que le está permitido hacer a la mujer fuera del período menstrual, inclusive mantener relaciones sexuales. Muchas mujeres sufrieron de metrorragia en tiempos del Profeta r , y no se les prohibió tener relaciones sexuales. Allah dice: "...absteneos, pues, de mantener relaciones maritales con vuestras mujeres durante el menstruo ..." (2:222) Y no menciona que esté prohibido durante la metrorragia.
Quien se encuentre en esta situación, sólo debe acatar los siguientes dos preceptos:
La obligación de realizar la ablución menor antes de cada oración.
El Profeta le dijo a Fâtimah Bint Abû Hubaish : "Luego realiza la ablución menor para cada oración." Registrado por Al Bujâri . Este hadîz indica que la mujer que sufre de metrorragia, cada vez que se dispone a cumplir con una de las cinco oraciones obligatorias, debe hacer la ablución luego de comenzado el horario de dicha oración. En cambio, cuando se trata de una oración voluntaria, puede realizar la ablución en el momento que se dispone a rezar.
La obligación de lavar la zona afectada por la hemorragia y colocarse un paño o algodón para que absorba la sangre que pueda continuar saliendo, antes de realizar la ablución menor.
El Profeta le dijo a Hamnah : "Te indicaré cómo utilizar algodón para que absorba la sangre." Ella añadió: Eso no es suficiente para la hemorragia que tengo. El Profeta le dijo: "Utiliza un paño." Y ella dijo nuevamente: Eso no es suficiente para la hemorragia que tengo. Finalmente el Profeta le dijo: "Utiliza, entonces, lo que consideres suficiente."
La sangre que pueda salir luego de esto, no afecta la oración, el ayuno, o el acto de adoración que se esté realizando. El Profeta le dijo a Fâtimah Bint Abû Hubaish : "Deja la oración los días que solías menstruar, luego báñate y realiza la ablución menor antes de cada oración. Y sabe que aunque caiga una gota de sangre sobre la estera, tu oración es válida."
Las distintas situaciones de la mujer que sufre de metrorragia
La mujer que padece una metrorragia tiene tres posibles situaciones:
La primera:
Que tenga un ciclo menstrual regular desde antes de la metrorragia, por lo que debe recurrir al período de duración conocido de sus menstruaciones para cumplir con los preceptos religiosos de la menstruación, y luego atenerse a los preceptos religiosos de la metrorragia.
Ejemplo: Si una mujer que solía menstruar seis días al principio de cada mes comienza a tener una metrorragia, y por ello la hemorragia se torna permanente, debe considerar menstruación los seis primeros días de cada mes y el resto metrorragia. `´ishah narró que Fâtimah Bint Abû Hubaish le preguntó al Profeta : ¡Mensajero de Allah! Sufro de metrorragia y no logro purificarme, ¿acaso debo dejar la oración? Y él respondió: "No, pues sólo se trata de una hemorragia patológica. Deja la oración los días que solías menstruar, y luego báñate y reza." Registrado por Al Bujâri . En otro hadîz , el Profeta le dijo a Umm Habîbah Bint Yahsh : "Permanece sin rezar los días que solías menstruar, luego báñate y comienza a realizar la oración." Registrado por Muslim . Por esto, la mujer que sufre de metrorragia y tenía un ciclo menstrual regular debe dejar la oración los días que solía menstruar, luego bañarse y rezar normalmente, sin importarle entonces la hemorragia.
La segunda:
Que no tenga un ciclo menstrual regular desde antes de la metrorragia, como quien sufre de una metrorragia en su primera menstruación, y por ello su hemorragia se torna permanente. En este caso, debe recurrir a la diferenciación entre la menstruación y la metrorragia, considerando que si la sangre se caracteriza por ser espesa, de color oscuro, y tener olor fuerte, es menstruación, por lo que deberá acatarse a los preceptos religiosos de la menstruación. Y por el contrario, si la sangre no tiene estas características, la considerará metrorragia y se atendrá a los preceptos religiosos de la misma.
Ejemplo: Si una mujer menstrúa por primera vez y su hemorragia no cesa, y observa que la sangre durante diez días tiene un color oscuro y el resto del mes es de color normal, o que es espesa y luego se torna fluida, o que tiene olor a menstruación y luego ese olor desaparece, entonces debe acatarse a los preceptos religiosos de la menstruación los días en que la sangre tiene las características propia de una menstruación, y a los de la metrorragia el resto de los días. El Profeta le dijo a Fâtimah Bint Abû Hubaish : "La sangre de la menstruación es de un color oscuro particular, por lo que, mientras tenga esta característica, deja la oración, y cuando su color se normalice báñate y reza nuevamente, pues se trata de una metrorragia." Registrado por Abû Dâûd y An Nasâ´i .
La tercera: Que no tenga un ciclo menstrual regular y no pueda diferenciar entre la hemorragia de una menstruación y la de una metrorragia, como quien sufre de una metrorragia en su primera menstruación y la sangre tiene siempre el mismo aspecto o es de características irregulares por lo que no puede diferenciar entre una y otra. En este caso, debe recurrir a la duración de la menstruación en el común de las mujeres, considerando menstruación seis o siete días de cada mes, comenzando a contar desde el día que tuvo su primera hemorragia, y el resto de los días metrorragia.
Ejemplo: Si una mujer ve por primera vez sangre el quinto día del mes y la hemorragia continúa sin tener características que la diferencien, deberá considerar todos los meses que la hemorragia dure seis o siete días de menstruación, comenzando a contar a partir del quinto día de cada mes. Hamnah Bint Yahsh le preguntó al Profeta : ¡Mensajero de Allah! Sufro de metrorragia por lo que tengo una hemorragia intensa y continua que me impide hacer la oración y ayunar, ¿qué debo hacer? Y el Profeta le respondió: "Te indicaré cómo utilizar algodón para que absorba la sangre." Ella añadió: Eso no es suficiente para la hemorragia que tengo. Entonces el Profeta dijo: "Esto es uno de los medios que Satanás utiliza para perjudicar a las mujeres, así que considera menstruación seis o siete días solamente, luego purifícate y reza veinticuatro o veintitrés días y ayuna." Registrado por Ahmad , Abû Dâûd y At Tirmidhi .
El Profeta no dijo "seis o siete días..." para que la mujer elija entre dos opciones, sino para que se esfuerce por saber cuál está más próxima a su situación, teniendo en cuenta los días que menstrúan quienes se asimilan a ella físicamente y en edad, y el ciclo menstrual de las mujeres de su familia.
Situaciones similares a la metrorragia
Una hemorragia vaginal puede también ser causada por una operación en el útero u otro tipo de intervención, y este caso existen dos posibilidades:
La primera:
Que la mujer sepa que no volverá a menstruar después de la operación, como ocurre cuando el útero es extraído. En este caso, la mujer no tiene que acatar ninguno de los preceptos religiosos de la metrorragia sino que debe realizar lo establecido para quien encuentra algún tipo de flujo después de la menstruación. Por lo tanto, no abandonará la oración ni el ayuno, podrá mantener relaciones sexuales, y no tendrá que hacer la ablución mayor. Entonces, la mujer que atraviese por esta situación deberá antes de cada oración lavarse la zona afectada por la hemorragia, colocarse un paño que absorba la sangre que pueda salir, y luego realizar la ablución menor. Es importante recalcar que cuando se trata de alguna de las cinco oraciones obligatoria, deberá realizar la ablución una vez comenzado el horario de la misma. De lo contrario, si se trata de una oración voluntaria, podrá realizar la ablución cuando se disponga a hacerla.
La segunda:
Que exista la posibilidad que continúe menstruando después de la operación. En este caso, la mujer sí debe atenerse a los preceptos religiosos de la metrorragia. El Profeta le dijo a Fâtimah Bint Abû Hubaish : "Eso no es menstruación sino que es una metrorragia. Entonces, cuando comiences a menstruar deja la oración." Se deduce de este hadîz que quien menstrua normalmente y sufre una hemorragia prolongada, debe atenerse a los preceptos religiosos de la metrorragia, a diferencia de la mujer que ya no menstrúa, pues en ese caso su hemorragia siempre será patológica.
Trastornos del Ciclo
TIPOS DE TRASTORNOS
Primero:
Exceso o disminución. Este es el caso de la mujer que acostumbrada a menstruar una determinada cantidad de sangre, ésta se hace más abundante o más escasa.
Menorragia: Es la menstruación excesiva. También llamada hipermenorrea.
Hipomenorrea: Es la menstruación escasa. También llamada oligomenorrea.
Segundo:
Adelantamiento o atraso. Este es el caso de la mujer que acostumbrada a menstruar al final del mes menstrúa al comienzo del mismo, o viceversa.
En estos dos casos la sangre se considera menstruación, ya sea que se prolongue o se acorte, se adelante o se atrase.
Tercero:
Aparición de flujo purulento o blanquecino, cuyo término médico es leucorrea.
Este flujo sólo es considerado menstruación, por lo que la mujer debe atenerse a los preceptos religiosos correspondientes a la misma, cuando aparece durante la menstruación. Umm `Atiiah dijo: "No consideramos menstruación al flujo purulento o blanquecino, cuando aparece después de habernos purificado."
Cuarto:
Interrupción de la menstruación, como por ejemplo que un día vea sangre y otro no. En este caso existen dos situaciones:
o La primera: Que la interrupción sea permanente, es decir que esto le ocurra en todo momento, dentro y fuera del período menstrual, por lo que se considera metrorragia y la mujer debe atenerse a los preceptos religiosos de la misma.
o La segunda: Que la interrupción no sea permanente, es decir que le ocurra algunas veces en determinadas menstruaciones, por lo que en ese período de interrupción de la sangre, aunque no exista hemorragia alguna, la mujer debe considerar como si estuviera menstruando normalmente y acatar los preceptos religiosos de la menstruación.
La utilización de métodos que retrasan la menstruación o la provocan
Le es permitido a la mujer utilizar algún método que retrase su menstruación con dos condiciones:
La primera:
Que no sea perjudicial para su salud. Allah dice: " N o os autodestruyáis ..." (2:195) "No os matéis unos a otros. Allah es Misericordioso con vosotros. " (4:29)
La segunda:
Que sea con el consentimiento del esposo en caso de tener la menstruación algún tipo de consecuencia legal.
Ejemplo: Si una mujer se encuentra en el período de espera correspondiente al divorcio, su manutención todavía le corresponde al esposo. Por ello, si utiliza algún método que retrase la menstruación hará que el período de espera se torne más largo, causando así una manutención prolongada, por lo que no se le permite su uso sin la autorización del esposo.
También es necesaria la autorización del esposo si se comprueba que retrasar la menstruación obstaculiza la concepción.
Si bien la utilización de estos métodos está permitido, lo más conveniente es no usarlos excepto en caso de necesidad, porque dejar a la naturaleza actuar es mejor para el equilibrio de la salud y el bienestar.
También le es permitido a la mujer utilizar un método que provoque su menstruación
Con dos condiciones:
La primera:
Que no lo utilice como un artificio para omitir una obligación. Ejemplo: Que provoque la menstruación poco antes del mes de Ramadân con la intención de no ayunar, o en otro momento para no rezar.
La segunda:
Que sea con el consentimiento del esposo, porque la menstruación le impide mantener relaciones sexuales. Lo mismo ocurre si está divorciada y se encuentra en el período de espera obligatorio, pues provocar la menstruación implica acortar el plazo en el que el hombre tiene la posibilidad de una reconciliación.
Puerperio ó Hemorragia Posparto
La hemorragia posparto es el sangrado que sufre la mujer a causa del parto, ya sea durante o después del mismo.
Preceptos religiosos de la hemorragia posparto
Los preceptos religiosos de la hemorragia posparto son los mismos que los de la menstruación, excepto en lo siguiente:
La hemorragia posparto no es tenida en cuenta en la determinación del período que debe esperar la mujer luego del divorcio para contraer matrimonio nuevamente. Si el divorcio ocurre antes del parto, el período de espera concluye con el nacimiento, y si ocurre después del parto, debe esperar hasta que comience a menstruar nuevamente para empezar el período de espera obligatorio, como fue explicado anteriormente.
Si el sangrado vaginal durante la menstruación se interrumpe y luego vuelve dentro de los días que la mujer acostumbra a menstruar, se considera menstruación. Ejemplo: Si una mujer que acostumbra a menstruar ocho días, sangra cuatro y luego su hemorragia se interrumpe dos días y comienza nuevamente al séptimo y octavo día, entonces debe considerar menstruación esa hemorragia que volvió al séptimo y octavo día, por lo que debe acatarse a los preceptos religiosos de la menstruación. En cambio, si la hemorragia posparto se interrumpe antes de los cuarenta días y luego vuelve a sangrar dentro de ese período debe establecer qué tipo de hemorragia es, para así poder atenerse a los preceptos religiosos correspondientes.
Aclaración
Esta hemorragia a pesar de no tener un tiempo determinado, lo general es que dure cuarenta días. Cuando una mujer sabe por experiencia que su hemorragia posparto dura más de cuarenta días, espera hasta que ésta termine y luego realiza la ablución mayor. Si la hemorragia supera los cuarenta días pero la mujer nota la aparición de algunos síntomas que indican que la hemorragia se va a interrumpir, espera hasta que se corte y luego se purifica. De lo contrario, debe realizar la ablución mayor al cumplirse los cuarenta días, por ser la duración más común.
Si coincide el final de la hemorragia posparto con el comienzo de la menstruación, debe esperar hasta que finalice la menstruación. Si después de la menstruación no tiene más hemorragia, entonces debe purificarse. Y si por lo contrario, la hemorragia continúa, significa que le sobrevino una metrorragia, por lo que debe acatarse a los preceptos religiosos correspondientes enumerados anteriormente.
Y cuando la hemorragia se interrumpe, la mujer vuelve al estado de pureza, aunque sea antes de los cuarenta días, por lo que debe realizar la ablución mayor, rezar, ayunar, y puede comenzar a tener relaciones sexuales nuevamente. Si la hemorragia se interrumpe por un período menor a un día, entonces no puede considerarse purificada.
Solo se considera hemorragia posparto cuando el sangrado es causado por el parto o por la pérdida del feto. Si la mujer tiene una pérdida durante el período embrionario, es decir que el embrión todavía no tiene la forma de un ser humano, debe considerar como que tuvo un sangrado de tipo patológico, por lo que se atendrá a los preceptos religiosos de la metrorragia, y no una hemorragia posparto. En el ser humano, el embrión adopta el nombre de feto en el tercer mes de la gestación, y lo mantiene hasta el nacimiento.
La hemorragia durante el embarazo
La mujer cuando está embarazada no menstrúa, pero puede sufrir alguna hemorragia. Por ello, si comienza a sangrar junto con los dolores de parto uno o dos días antes del mismo debe atenerse a los preceptos religiosos de la hemorragia posparto.
En cambio, si la hemorragia ocurre en otra etapa del embarazo, o le sobreviene poco antes del parto pero sin dolor, entonces debe acatar los mismos preceptos religiosos de la menstruación. Es importante mencionar que en este caso se exceptúan los dos siguientes preceptos:
o El primero:
El divorcio, pues no se le prohíbe al hombre divorciar a su mujer cuando está embarazada y sufre una hemorragia. Esto es debido a que el divorcio durante el embarazo no contradice la aleya "¡Oh, Profeta! Cuando divorciéis a las mujeres, hacedlo fuera del ciclo menstrual..." , pues el período de espera de la embarazada, sufra una hemorragia o no, es el embarazo mismo.
o El segundo:
La determinación del período de espera luego del divorcio, pues el período obligatorio que debe esperar una mujer divorciada para poder contraer matrimonio nuevamente concluye con el alumbramiento, sufra una hemorragia durante el embarazo o no. Allah dice: "... el de las embarazadas culminará cuando den a luz..."